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Trilogo

Ayudas a empresas y centros de investigación para el apoyo a la transferencia de conocimiento y tecnología 2022

  • Plazo

    El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día hábil siguiente al de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta el 30 de septiembre de 2022.

    Finalidad

    Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a empresas y centros de investigación del Principado de Asturias para el apoyo a la transferencia de conocimiento y tecnología en el año 2022 en alguna de las tres modalidades establecidas en las bases reguladoras de estas ayudas:

    A: transferencia transnacional de tecnología

    B: valorización de tecnología

    C: misiones internacionales

    Cuantía

    Se establecen los siguientes límites máximos de ayuda para las distintas actuaciones enmarcadas en las distintas modalidades: • Modalidad A. Transferencia de tecnología transnacional: - Adquisición de tecnología, licencia de patente o cualquier otro tipo de transferencia transnacional de tecnología: 30.000 euros. - Solicitud o extensión de patentes: 10.000 euros. - Resto de los casos: 5.000 euros. • Modalidad B. Valorización de tecnología: 30.000 euros. • Modalidad C. Misiones internacionales: 30.000 euros. Presupuesto total de la convocatoria: 440.000 €

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas, en función de la modalidad en que participen, las siguientes personas jurídicas que tengan un establecimiento productivo en el Principado de Asturias:

    Modalidades A. Transferencia de tecnología trasnacional y B. valorización de tecnología:

    1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

    2. Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

    3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

    4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.

    5. Entidades públicas y privadas sinánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.

    6. Empresas.

    7. Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.

    8. Uniones temporales de empresas (UTE). 9. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica deámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica deámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.

    Modalidad C. Participación en misiones internacionales:

    1. Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.

    Presentación telemática

    Estado

    -

  • 01.- Bases Reguladoras - Boletín Nº 153 del jueves 8-8-2019


    02.- Primera modificiación Bases Reguladoras - Boletín Nº 136 del miércoles 15 de julio de 2020


    03.- Convocatoria - Boletín Nº 121 del viernes 24 de junio de 2022


    04.- Extracto de la convocatoria. - Boletín Nº 121 del viernes 24 de junio de 2022


    05.- Resolución de concesión. - Boletín Nº 249 del viernes 30 de diciembre de 2022


    06.- Correción Resolución de Concesión - Boletín Nº 8 del viernes 13 de enero de 2023


  • Las ayudas para transferencia de tecnología, ¿financiarían gastos de mantenimiento de patentes? De acuerdo a la resolución, figura que no se financiarán gastos de mantenimiento de patentes que hayan sido objeto de ayuda en el marco de convocatorias anteriores. Pero, y ¿si se solicitan por primera vez? ¿Entrarían este tipo de gastos?

    Para patentes que no hayan sido objeto de ayuda en convocatorias anteriores sí entrarían gastos de mantenimiento.


    El anexo de declaración sobre el ejercicio del derecho a no reiterar la presentación de documentos, ¿a qué se refiere? ¿Qué documentación administrativa habría que presentar?

    La documentación administrativa que pide la convocatoria (apartado 6.4) (y que se puede no presentar haciéndolo constar en el anexo de declaración) es:

                 Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad.

                 Poderes Notariales (en caso de representación por poder notarial).


    Dentro de la línea de gastos de patentes, ¿son elegibles gastos por contestación a la opinión escrita del informe de búsqueda internacional así como a la reducción del número de reivindicaciones?

    Sí, todos los gastos relacionados con el proceso de patentar son elegibles.


    ¿Es necesario presentar las memorias de actividad en la plantilla PDF proporcionada o se pueden entregar en formato Word?

    El formulario PDF, firmado por la persona representante legal, debe presentarse aunque sea diciendo “ver Word adjunto” y en el Word incluir la información necesaria.


    ¿Son elegibles gastos relacionados con patentes presentadas en 2021?

    Se podrán presentar gastos relacionados con patentes de 2021 siempre que las facturas correspondientes sean de 2022.


    ¿Se pueden cubrir gastos derivados de la participación en eventos internacionales no organizados por la Enterprise Europe Network?

    Si se justifica debidamente, se pueden presentar a través de la modalidad B (valorización de tecnología, en concreto gastos de viajes y alojamiento para asistencia a reuniones con posibles clientes relevantes para la comercialización de la tecnología).


    Si presentamos una solicitud en la Modalidad A, ¿es posible presentar otra en otra modalidad? ¿Sería un proyecto por modalidad o un sólo proyecto por empresa?

    No hay límite de solicitudes por modalidad ni por empresa, solo por acción (apartado 6.5 de la convocatoria).


    ¿Se pueden enviar dos solicitudes por la misma empresa, ambas en la modalidad B, pero para proyectos distintos?

    No hay límite de solicitudes por modalidad ni por empresa, solo por acción (entendiendo por acción cada proyecto). El punto 6.5 se puso para evitar casos como este: una empresa tenía gastos de una patente superiores a 10.000 € (límite de ayuda para este tipo de gastos) y presentó 2 solicitudes para poder superar ese límite.


    ¿El documento correspondiente a la Memoria de la Actividad ha de rellenarse sobre el propio formulario de nombre “AYUD0245T0122MemoriadelaActividad”?

    El formulario de memoria debe presentarse rellenado y firmado, pero si hay algo que, por temas de formatos, no se pueda incluir (tablas, imágenes, etc.) se puede presentar como un anexo en formato PDF.

     


    Los gastos incurridos en la solicitud de un modelo de utilidad y su extensión a otros países, ¿son susceptibles de ser gasto subvencionable? Cuando hablamos de gastos de solicitud, ¿se incluyen los realizados por una consultoría para la elaboración de la memoria del modelo así como los estudios previos para contrastar la viabilidad de la protección?

    Sí, se admiten todos los gastos relacionados con el proceso de protección de propiedad industrial/intelectual.

     


    Mi empresa ha recibido más de 4 ayudas de minimis en los 3 últimos años, pero la declaración de ayudas de minimis solo tiene 4 filas, ¿qué puedo hacer?

    Se puede presentar la lista de ayudas de minimis en un anexo en formato PDF.